suspensión del pago

¿Eres independiente con ingresos de hasta S/ 3,901? Consulta si puedes solicitar la suspensión del pago de IR en 2025

Los trabajadores independientes en Perú que perciben ingresos por sus servicios profesionales deben cumplir con una serie de obligaciones tributarias, entre ellas, el pago del Impuesto a la Renta (IR). Sin embargo, aquellos que emiten recibos por honorarios electrónicos y cuyos ingresos mensuales no superen los S/ 3,901 tienen la posibilidad de solicitar la suspensión del pago a cuenta del IR, conforme a las disposiciones emitidas por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT). Esta medida busca aliviar la carga tributaria de los contribuyentes que proyectan ingresos dentro de ciertos límites establecidos por la normativa vigente para el año 2025.

A continuación, se detallan los criterios, requisitos y procedimiento para solicitar esta suspensión, así como las implicancias tributarias que deben considerar los trabajadores independientes.

A través de la Resolución de Superintendencia N.º 000297-2024/SUNAT, se han actualizado los montos máximos de ingresos que exoneran a los trabajadores independientes del pago a cuenta del IR, considerando el incremento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el año 2025.

  • UIT 2024: S/ 5,150

  • UIT 2025: S/ 5,350

Con este incremento, los trabajadores independientes con Rentas de Cuarta Categoría que perciban ingresos mensuales de hasta S/ 3,901 podrán solicitar la suspensión del pago a cuenta del IR. Este límite mensual corresponde al 30% de 7 UIT, que es el monto deducible permitido por la normativa tributaria.

Asimismo, aquellos contribuyentes que proyecten ingresos anuales por Rentas de Cuarta Categoría o una combinación de Cuarta y Quinta Categorías que no superen los S/ 46,813 podrán realizar el trámite para solicitar la suspensión.

¿Quiénes pueden solicitar la suspensión?

La norma contempla diversos perfiles de contribuyentes que pueden acceder a la suspensión del pago a cuenta del IR. Estos incluyen:

  • Trabajadores independientes que emiten recibos por honorarios por servicios profesionales o técnicos.

  • Profesionales con funciones específicas como directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas o funciones similares.

  • Contribuyentes que perciban rentas combinadas de Cuarta y Quinta Categorías, siempre que sus ingresos mensuales no superen los S/ 3,901 y el total proyectado para el año no exceda los S/ 46,813.

Adicionalmente, los profesionales que cumplan funciones de dirección o administración y que perciban rentas de hasta S/ 3,121 mensuales también pueden acceder a esta suspensión, siempre que sus ingresos anuales proyectados no superen los S/ 37,450.

¿Qué pasa si se superan los límites establecidos?

Es importante que los contribuyentes independientes tengan en cuenta que si durante el transcurso del año 2025 sus ingresos superan los montos proyectados al momento de solicitar la suspensión, estarán obligados a realizar los pagos a cuenta del IR por la totalidad de los ingresos obtenidos en ese mes.

El incumplimiento de esta disposición podría generar multas e intereses moratorios, por lo que se recomienda llevar un control exhaustivo de los ingresos percibidos y realizar las declaraciones correspondientes cuando sea necesario.

Procedimiento para solicitar la suspensión

El trámite para solicitar la suspensión de las retenciones de Cuarta Categoría se realiza de manera virtual a través del portal de la SUNAT. A continuación, se detallan los pasos para completar el procedimiento:

  1. Acceso al portal SUNAT: Ingresar a SUNAT Operaciones en Línea con su Clave SOL y seleccionar la opción “Mis trámites y Consultas”, disponible en el portal www.sunat.gob.pe.

  2. Selección de la opción adecuada: Ubicar la sección Otras declaraciones y Solicitudes, “Solicito Suspensión de Retenciones 4ta Categoría” (Formulario Virtual 1609).

  3. Registro de datos: Consignar la fecha en la que se recibió el primer ingreso por Rentas de Cuarta Categoría y el monto total proyectado para todo el año (se debe registrar solo los ingresos de Cuarta Categoría, como profesional independiente o de Cuarta y Quinta Categorías, si, además, está en planilla).

El sistema verificará la información presentada y procederá a autorizar la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta, de corresponder, emitiendo la constancia correspondiente que se podrá enviar al correo electrónico que desee. 

La suspensión tiene efecto desde el día siguiente a la fecha del trámite y es vigente hasta el 31 de diciembre del 2025.

Beneficios del trámite virtual

El procedimiento virtual presenta diversas ventajas:

  • Rapidez y eficiencia: El trámite se realiza en pocos minutos y desde cualquier dispositivo con acceso a internet.

  • Reducción de carga administrativa: Evita la necesidad de acudir físicamente a las oficinas de la SUNAT.

  • Transparencia: El sistema verifica automáticamente los datos y garantiza que el contribuyente reciba una respuesta inmediata sobre la solicitud.


 

Conclusión

La posibilidad de suspender el pago a cuenta del Impuesto a la Renta para los trabajadores independientes en Perú constituye una medida importante para aliviar la carga tributaria de este grupo de contribuyentes. La actualización de los montos máximos de ingresos, en función del incremento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el año 2025, permite que más profesionales accedan a este beneficio, contribuyendo a su estabilidad económica.

Sin embargo, es fundamental que los contribuyentes conozcan las disposiciones vigentes y las implicancias de superar los límites establecidos. Solicitar la suspensión no exime de la obligación de declarar y pagar el IR si los ingresos proyectados son superados durante el año.

El trámite para solicitar la suspensión es sencillo, rápido y completamente virtual, lo que facilita su realización para todos los trabajadores independientes. Se recomienda a los contribuyentes mantener un registro detallado de sus ingresos y realizar el trámite oportunamente para evitar inconvenientes futuros.

En resumen, la posibilidad de suspender el pago a cuenta del IR es una opción que beneficia a muchos trabajadores independientes en Perú, permitiéndoles una mejor planificación financiera y un alivio en su carga tributaria. No obstante, es responsabilidad de cada contribuyente asegurarse de cumplir con sus obligaciones tributarias conforme a la normativa vigente, evitando sanciones y penalidades que puedan afectar su situación económica y profesional.

 

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