Recordemos que a fines de diciembre ya se daba por hecho de que no era obligatorio para los negocios publicitar el RUC, pues el Congreso de la República aprobó una autógrafa para derogar la medida.
Sin embargo, este año ha sido observada por el Poder Ejecutivo, por lo que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) está en la facultad de sancionar a quienes incumplan la disposición.
La multa asciende hasta 30% de la UIT, es decir, S/1.545. El monto varía según el régimen que le corresponda al contribuyente.
Fin del período de prueba o «marcha blanca»
En febrero del 2022, se publicó el Decreto Legislativo 1524, que modificó la ley del registro único de contribuyentes, para que las empresas e influencers coloquen el número de RUC y la razón social en su publicidad, incluida la digital.
Lo que se buscaba con esta medida es mejorar la identificación de aquellos cuya situación o actividad debe estar sujeta al control de la Sunat
Ejecutivo exige publicitar el número de RUC
El 11 de enero, el Ejecutivo envió su observación de la medida al Congreso y señaló que la exigencia de publicitar el número de RUC conlleva implícitamente la de obligar a la inscripción en el RUC a aquellos que, debiendo estar inscritos, no cumplen con hacerlo.
Además, se menciona que la ley de registro único de contribuyentes debía ser actualizada porque ahora los usuarios realizan negocios por plataformas digitales y mayormente lo que se publicita es el número de celular, el cual no es un identificador suficiente para la SUNAT.
Así se darán las multas si no consignan el RUC y razón social:
Personas y entidades generadores de renta de tercera categoría, incluidas las del régimen Mype tributario: S/1.545 de multa (30% de UIT)
Personas naturales que perciban renta de cuarta categoría y personas acogidas al régimen especial de renta, y otras personas y entidades no incluidas: S/772,5 (15% de la UIT)
¿Dónde se debe colocar el RUC y Razón Social?
En cuanto a la ubicación del RUC y la razón social, en el caso de utilizar Instagram como referencia, la Sunat ha indicado que deben ser colocados en cada publicación de manera visible para los usuarios.
En otras palabras, la información puede ser incorporada tanto en el texto (copia) como en la imagen o video, ya que algunas páginas no permiten la inclusión de ciertos datos debido a políticas de privacidad.
De esta manera, los usuarios no tendrían que preocuparse en caso de cambios en las políticas de estas empresas, ya que tendrían ambas opciones para cumplir con la normativa.