SUNAT: CRONOGRAMA OFICIAL DECLARACION JURADA ANUAL 2023
La SUNAT ha aprobado los cronogramas de vencimiento del plazo para la presentación de la declaración jurada anual y pago del Impuesto a la Renta (IR) y del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) correspondiente al ejercicio 2023.
Base legal: Resolución de Superintendencia N° 000269-2023/Sunat
1. Deudores tributarios comprendidos en la Ley Nº 31940
De acuerdo a la resolución, el cronograma de vencimientos para la presentación de la Declaración y efectuar el pago de regularización del IR y del ITF correspondiente al ejercicio 2023, para los deudores tributarios comprendidos dentro del ámbito de aplicación de la Ley N° 31940 que amplía el plazo para la presentación de la declaración jurada anual y pago del IR de las personas naturales y de la Micro y Pequeñas Empresas (MYPE) tendrá inicio el 27 de mayo y se extenderá hasta el 10 de junio del 2024, considerando el último dígito del RUC y otros del contribuyente.

La normativa contempla que los buenos contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC comprendidos dentro del ámbito de aplicación de la Ley mencionada tendrán plazo hasta el 11 de junio del 2024 para llevar a cabo la presentación de dicha declaración y realizar el pago de regularización correspondiente.
2. Contribuyentes no comprendidos dentro del alcance de la Ley Nº 31940
Adicionalmente, se establece que el cronograma de vencimientos para la presentación de la declaración y efectuar el pago de regularización del IR y del ITF correspondiente al ejercicio gravable 2023, de los demás deudores tributarios no comprendidos dentro de los alcances de la Ley N° 31940 se iniciará el 26 de marzo y se extenderá hasta el 10 de abril del 2024 de acuerdo al último dígito del RUC y otros del contribuyente.

Buenos contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC no comprendidos dentro de los alcances de aquella ley tendrán plazo hasta el 11 de abril del 2024 para presentar la mencionada declaración y efectuar el correspondiente pago de regularización.
3. Personas naturales
En el caso de las personas naturales, el Formulario Virtual N.° 709 estará disponible en Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe) y en la APP Personas a partir del 12 de febrero del 2024, fecha en la que podrán presentar su declaración, adelantándose a los vencimientos.
