FACULTAD DISCRECIONAL PARA GUIAS DE REMISION ELECTRONICAS

FACULTAD DISCRECIONAL PARA GUIAS DE REMISION ELECTRONICAS

La Sunat amplió el beneficio de discrecionalidad para que los contribuyentes, que deban emitir la Guía de Remisión Electrónica (GRE) Remitente y Transportista, no sean sancionados por su falta de uso.

Se estableció que no se aplicará sanción hasta el próximo 30 de junio del 2024

BASE LEGAL: Resolución N.° 000042-2023-SUNAT/700000

Mediante la disposición no se aplicarán sanciones de comiso de bienes ni de internamiento temporal de vehículos cuando se detecte el incumplimiento de dichas obligaciones, emitiendo solo actas preventivas, siempre y cuando, se cuente con una guía de remisión en formato impreso o importado durante el traslado de los bienes, según lo dispuesto en el Reglamento de Comprobantes de Pago

VIGENCIA DE LA GUÍA DE REMISIÓN ELECTRÓNICA

Las Guías de Remisión son documentos que sustentan el traslado de bienes entre distintas direcciones

En julio del 2022 se publicó la normativa que establecía el uso de las guías de remisión y designaba a los emisores electrónicos.

Recordemos que se había establecido que a partir del 1 de enero del 2024 estaban obligados a emitir la GRE Remitente y Transportista, todos los contribuyentes que realice el traslado de mercancías dentro del territorio nacional.

La Guía de Remisión Transportista y la Guía de Remisión Remitente son documentos utilizados en el transporte de mercancías que proporcionan información importante sobre la operación. 

Ahora, Sunat dispuso que se brinda plazo adicional, hasta el próximo 30 de junio del 2024, para que pueda adecuar sus sistemas de emisión

 

 

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